Tramitamos la herencia y vendemos los inmuebles heredados.
Todo lo que necesitas resuelto en un mismo despacho. Somos el despacho de abogadas de herencias en Barcelona que gestiona también los inmuebles.
Has heredado. O estás a punto de hacerlo. Y tienes dudas.
Muchas dudas.
¿Qué papeles necesito? ¿Cuánto voy a pagar de impuestos? ¿Qué pasa si la herencia incluye un piso? ¿Y si somos varios herederos y no nos ponemos de acuerdo?
Somos Sandra Rovira y Lorena Méndez, abogadas especializadas en herencias en Barcelona.
Tramitamos todo tipo de herencias, con o sin inmuebles.
Si la herencia incluye un piso, una casa o un local, ahí es donde marcamos la diferencia: también somos agentes de la propiedad inmobiliaria.
Eso significa que gestionamos tanto la tramitación legal como la venta o gestión del inmueble heredado.
Todo en un solo lugar.
Tú recibes tu herencia.
Nosotras nos encargamos del resto.
Al gestionar lo legal y lo inmobiliario de forma simultánea evitamos esperas innecesarias. Mientras tramitamos la herencia, ya estamos preparando la venta del inmueble.
Explicas tu caso una sola vez. Nosotras coordinamos todo lo demás. Sin intermediarios, sin vueltas.
Conocemos las implicaciones fiscales de cada decisión. Te asesoramos sobre cómo minimizar el impuesto de sucesiones, la plusvalía municipal y el IRPF.
Realizamos una tasación profesional del inmueble que sirve como base objetiva para el reparto entre herederos.
Sabemos cuánto vale el inmueble, cuánto puede tardar en venderse y qué estrategia es mejor para tu situación concreta.
Cuando una herencia incluye un piso, una casa o un local, las decisiones se multiplican.
No se trata solo de tramitar papeles: hay que decidir qué hacer con el inmueble, cómo repartirlo entre herederos y cómo minimizar los impuestos.
Son tres planos que hay que gestionar de forma coordinada:
Aceptación de herencia, liquidación del impuesto de sucesiones, inscripción en el Registro de la Propiedad y reparto entre herederos.
Valoración profesional del inmueble, decisión sobre qué hacer con él y gestión de la venta si se decide vender.
Estrategia para minimizar el impuesto de sucesiones, la plusvalía municipal y el IRPF en la venta.
La diferencia es que nosotras dominamos los tres planos.
No tienes que buscar tres profesionales distintos ni preocuparte de que cada uno tire en una dirección diferente.
Cuando sois varios herederos y hay un inmueble de por medio, es fácil que surjan desacuerdos.
Uno quiere vender y otro quedárselo.
No hay acuerdo sobre el valor.
Uno necesita su parte en dinero y los demás no pueden pagársela.
Son situaciones comunes. Y tienen solución.
La mayoría de conflictos se resuelven sin necesidad de ir a juicio. Trabajamos para que todos los herederos lleguen a un acuerdo que funcione.
Muchos conflictos surgen por discrepancias sobre el valor del inmueble. Como además de abogadas somos agentes de la propiedad, realizamos una tasación objetiva que sirve como base para la negociación.
A veces la solución más obvia no es la mejor. Uno puede quedarse con el inmueble y compensar a los demás, mantener la copropiedad temporalmente o dividir si es posible. Te asesoramos sobre qué encaja mejor en tu caso.
Si no hay acuerdo posible, representamos tus intereses en el juzgado. No es el camino que buscamos, pero cuando es necesario, vamos con una estrategia sólida y bien preparada.
si crees que no has recibido la parte que te corresponde, estudiamos tu caso.
Vender un inmueble heredado no es como vender cualquier piso. Primero hay que tramitar la herencia, inscribir el inmueble a tu nombre y resolver la situación entre herederos si sois varios.
Solo entonces se puede vender.
Como agentes de la propiedad inmobiliaria gestionamos todo el proceso de venta, coordinado desde el primer momento con la tramitación legal de la herencia.
Tasación profesional para fijar un precio de venta realista y evitar conflictos entre herederos sobre el valor.
Te asesoramos sobre qué hacer antes de poner el inmueble a la venta: limpieza, pequeñas reparaciones, presentación y fotografía profesional.
Promocionamos el inmueble en los principales portales inmobiliarios, nuestra plataforma privada y en nuestra red de contactos. Organizamos y gestionamos todas las visitas.
Negociamos las mejores condiciones, coordinamos con el notario y gestionamos toda la documentación hasta la firma.
Una vez vendido, repartimos el dinero entre los herederos según su cuota hereditaria y te asesoramos sobre cómo minimizar la plusvalía municipal y el IRPF.
Uno de los errores más habituales es no saber que heredar tiene fecha límite.
En Cataluña, el impuesto de sucesiones debe liquidarse en los 6 meses siguientes al fallecimiento. Si se supera ese plazo sin haberlo presentado, se aplican recargos automáticos que pueden llegar al 20%.
Hay una prórroga posible de otros 6 meses, pero hay que solicitarla antes de que venza el plazo original.
Más allá de los impuestos, la tramitación completa de una herencia, desde el certificado de defunción hasta la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad, puede llevar entre 3 y 9 meses dependiendo de la complejidad del caso y de si hay conflictos entre herederos.
Trabajamos en toda España, pero estamos especializadas en herencias en Cataluña.
Conocemos en detalle las bonificaciones fiscales que aplican en esta comunidad y cómo aprovecharlas para minimizar lo que pagas.
Si acabas de perder a un familiar, no esperes.
Cada semana cuenta.
Respondemos a las dudas más habituales sobre herencias
No. Si la herencia tiene más deudas que bienes, puedes renunciar a ella ante notario.
También puedes aceptarla a beneficio de inventario, lo que significa que solo responderás de las deudas hasta el valor de los bienes heredados. Te asesoramos sobre qué opción encaja mejor en tu caso.
El impuesto de sucesiones debe liquidarse en los 6 meses siguientes al fallecimiento.
Si no, se aplican recargos automáticos. Existe una prórroga de otros 6 meses, pero hay que solicitarla antes de que venza el plazo original. No esperes.
Es el impuesto que pagan los herederos por recibir la herencia. El importe depende del valor de lo heredado, el grado de parentesco y la comunidad autónoma.
En Cataluña hay bonificaciones importantes para hijos, padres y cónyuge que pueden reducir significativamente lo que pagas.
No. Para poder vender, primero debes aceptar la herencia e inscribir el inmueble a tu nombre en el Registro de la Propiedad.
Es uno de los errores más frecuentes que vemos y puede retrasar la venta varios meses.
Dos: la plusvalía municipal, que cobra el ayuntamiento, y el IRPF por la ganancia patrimonial si vendes por más de lo que valía el inmueble cuando lo heredaste.
Te asesoramos sobre cómo minimizar ambos.
Es la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos: hijos, padres y cónyuge. El testador no puede disponer libremente de ella.
En Cataluña la legítima es de un cuarto del valor de la herencia, lo que la hace menos restrictiva que en otras comunidades autónomas.
También te asesoramos en la planificación sucesoria y la redacción del testamento para que tu herencia quede bien organizada.
Sí. Gestionamos herencias internacionales tanto si el inmueble está fuera de España como si alguno de los herederos reside en el extranjero.
En estos casos entran en juego normas de derecho internacional privado, convenios entre países y obligaciones fiscales en más de una jurisdicción.
Es un escenario más complejo, pero es algo que trabajamos de forma habitual.
Si la herencia incluye un inmueble en el extranjero, también coordinamos con profesionales locales para que la gestión sea completa y no haya flancos descubiertos.
Cuéntanos tu situación y te explicamos cómo lo enfocaríamos en tu caso concreto.
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